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Involuntary Psychiatric Hospitalization FAQs

Información para peticionarios, familiares y otras personas interesadas

La hospitalización psiquiátrica de una persona contra su voluntad es una opción de tratamiento que se persigue sólo cuando se han agotado todas las opciones de tratamiento menos restrictivas o se han considerado inadecuadas.

 

Quitarle la libertad personal a un individuo, incluso con la buena intención de brindarle tratamiento de salud mental, es un paso tan serio que la legislatura de Virginia ha establecido requisitos estrictos que deben cumplirse. antes de que una persona pueda ser hospitalizada involuntariamente.

 

Aviso: La información contenida en esta página no pretende ser asesoramiento legal personal directo y tiene fines únicamente informativos. Para obtener asesoramiento legal relacionado con su propia situación, debe consultar a un abogado.

 

¿Qué?¿Es una Orden de Custodia de Emergencia (ECO)?

Una ECO permite a la policía llevar a alguien de la comunidad a un lugar seguro para una evaluación y determinar los mejores pasos a seguir. En nuestra área, esto generalmente se hace en el Departamento de Emergencias de Salud de Augusta. Si un oficial de policía cree que una persona no está segura y cumple con los criterios para una ECO, puede iniciar una ECO en el acto y llevar a la persona al departamento de emergencias.

 

O bien, alguien cree que una persona no está segura puede ir a la oficina del magistrado más cercana, donde un magistrado tomará testimonio y emitirá una orden si se cumplen los criterios.(ver más abajo). Luego se enviaría a la policía para encontrar a la persona, entregar la orden y llevarla al departamento de emergencias. Si los evaluadores encuentran que la única manera de garantizar la seguridad es el ingreso al hospital, solicitarán al magistrado una orden de detención temporal (TDO). Los magistrados están disponibles para emitir una TDO todos los días del año, las 24 horas del día. Puede comunicarse con la Oficina del Magistrado del Condado de Augusta;al 540-245-5015.

¿Qué es una Orden de Detención Temporal (TDO)?

Una Orden de Detención Temporal (TDO) es una orden emitida por un magistrado que requiere que una persona sea retenida en un centro psiquiátrico por un período de 1 a 5 días hasta que se lleve a cabo una audiencia de internamiento.

¿Qué criterios deben cumplirse para que se emita la TDO?

Para emitir la TDO, el Magistrado, basándose en todas las pruebas disponibles, debe decidir que el individuo:

   1. tiene una enfermedad mental y que existe una probabilidad sustancial de que, como resultado de la enfermedad mental, la persona, en el futuro cercano:

      a. causar daño físico grave a sí mismo o a otros, como lo demuestra el comportamiento reciente que causa, intenta o amenaza con daño y otra información relevante, si corresponde, o

      b. sufrir daños graves debido a su falta de capacidad para protegerse de daños o para satisfacer sus necesidades humanas básicas, y

   2. necesita hospitalización o tratamiento, y

   3. no está dispuesto a ofrecerse como voluntario o es incapaz de ofrecerse como voluntario para la hospitalización o el tratamiento.

¿Dónde está hospitalizado el individuo?

La persona puede ser admitida en Augusta Health (Crossroads) u otro hospital del área. 

 

¿Quién es responsable del costo del tratamiento?

VCSB cobra por servicios cara a cara. Sin embargo, nadie será rechazado por no poder pagar. VCSB acepta Medicaid, Medicare y muchos seguros privados.

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Staunton VA 24401


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Las oficinas están operando de manera diferente para los servicios presenciales.Por favor llame con anticipación.

Este sitio no es monitoreado continuamente y no pretende ser un medio de contacto directo con los proveedores de tratamiento. Por favor no dejes tiempocorreos electrónicos sensibles.

 

ISi necesita asistencia médica inmediata, llame al 911.  

 

Si necesita asistencia urgente en caso de crisis de salud mental, llame al 988

o servicios de emergencia de VCSB al 540-885-0866. 

 

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“Promover los esfuerzos de VCSB para brindar servicios accesibles, equitativos y de calidad de una manera cultural y lingüísticamente apropiada para personas de diversos orígenes, incluidas las personas que reciben servicios, el personal y la comunidad”.

La Junta de Servicios Comunitarios de Valley es un empleador que ofrece igualdad de oportunidades. Todas las decisiones relacionadas con el empleo se toman sin distinción de raza/color, género, edad, religión, origen nacional, afiliación política, orientación sexual o discapacidad.

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